COLON - PRENSA BLOQUE JUNTOS POR COLON - EDUARDO PAREDES - 12-8-2009

Este es el Dictamen de mayoría que presentamos juntos a los concejales Salvagno y Germanier el pasado miércoles en Comisión de Todo el Concejo. (Benítez, Sallago y Paulete)


DICTAMEN DE COMISION DE TODO EL CONCEJO

VISTO:

La nota presentada por Secretaría de HCD por los Concejales Mirtha Elena R. Barbosa y Adolfo Carlos Bonvín en fecha 29/07/09 y el Proyecto de Decreto ingresado adjunto y enviado a esta Comisión para emitir Dictamen.

CONSIDERANDO:

Que los escritos de mención, básicamente, comunican la escisión del bloque “Frente para la Victoria y la Justicia Social”, la conformación del Bloque “Juan Domingo Perón” integrado por los suscriptos, siendo su presidente el Concejal Bonvín, y solicitan la designación de un “secretario adscripto al bloque”.

Que lo propuesto como proyecto de Decreto, según las consideraciones de los presentantes, se encontraría avalado por las disposiciones de la Ordenanza 14/08.

Que la Ordenanza 14/08 fue sancionada en fecha 5 de marzo de 2008, estableciéndose la posibilidad y modo de designación de los empleados y asesores del HCD, pero también en la misma se establece la limitación de montos asignables “al sostenimiento de los gastos contemplados en la presente Ordenanza” y su modo de incremento (art. 13º). Tales partidas, en relación al año 2009 fueron contempladas expresamente por la ordenanza 56/08, aprobación del Presupuesto 2009. Por ende, debemos comprender que cualquier designación, al implicar una mayor erogación, debe estar, previamente, autorizada con su correspondiente partida en el presupuesto municipal (art. 122 Ley 3001), de lo que cabe concluir que el mecanismo del Decreto no resulta la vía idónea para introducir una modificación a una Ordenanza como lo es la que aprueba el cálculo de gastos y recursos municipales.

Sin perjuicio de ello, y teniendo en cuenta que la Ordenanza 14/08 no puede ser considerada como una norma aislada, sino debe ser, como ya quedó demostrado previamente, interpretada en el contexto de todo un plexo normativo referencial, recordamos que dicha Ordenanza fue complementada con los Decretos 2/08, 8/08, 9/08, 10/08 y 11/08, haciendo especial hincapié que el primero mencionado establece un plazo de sesenta (60) días para completar las propuestas de designaciones. Cabe concluir que la Ordenanza 14/08 no fue concebida en términos de una norma elástica, capaz de absorber cualquier contingencia a presentarse en el HCD respecto a la conformación o disolución de bloques políticos, sino que pretendió reflejar una realidad surgida de la voluntad popular y atender a las necesidades de esas conformaciones.

Pero, dejando de lado la no menor cuestión formal, la Ordenanza que nos ocupa tuvo como fundamento la necesidad de garantizar un mayor y mejor grado de autonomía al Cuerpo Deliberativo, respecto del DEM, en vistas de mejorar la calidad institucional. Mucho costó explicar a la sociedad, y que los vecinos acepten, esta necesidad; puesto que con buena o mala intención, desde varios sectores se lo interpretó como un gasto improductivo y alejado de la satisfacción de los intereses genuinos de la comunidad.

No podemos olvidar que a pesar de ya encontrarse aprobada la Ordenanza 14/08 con el concurso de las voluntades de los integrantes de los Bloques “Juntos por Colón” y “Frente para la Victoria y la Justicia Social”, en oportunidad de la sanción del Decreto 2/08 que designara a los asesores del Concejo y los adscriptos al bloque mayoritario, la Concejal promotora del decreto que nos ocupa, en la sesión del 19/03/08, manifestó “de último puede pagar cada bloque si quiere su asesor” (To. 35 fo. 235 Libro de Actas de Sesiones del HCD).

A pesar de la oposición, este cuerpo consideró necesaria la creación de una estructura propia, no tardando tal decisión en ver sus frutos en términos de dinámica del Cuerpo, de iniciativa de normas y gestión y de control de los actos emanados del DEM.

Pero flaco favor le haríamos a la imagen y a la confianza que generó este Cuerpo en la sociedad, autorizando sin fuertes causas justificantes, nuevas erogaciones, eludiendo las autolimitaciones ya fijadas como una suerte de garantía de responsabilidad y austeridad en el manejo de los fondos públicos.

Queremos recordar también que desde este Concejo se vienen formulando reiterados cuestionamientos a la designación, aparentemente injustificada, de personal municipal por la vía de contratos de locación de servicios; inspirados siempre en la necesidad de evitar impactos en el erario municipal que priven a los colonenses de más y mejores prestaciones, y en la compresión de la crítica situación por la que atraviesa no sólo la gestión municipal, sino la actividad económica en su conjunto en el contexto de la crisis global. Otro fuerte llamado a la racionalización del Gasto Público fueron los recortes efectuados en el Presupuesto 2009, exigiéndose al DEM, para su eventual recomposición, una clara expresión y fundamentación de los destinos de los fondos afectados a partidas de Obras Públicas y Acción Social.

Podríase afirmar que poco incidiría en el Presupuesto Municipal una designación más, pero resultaría evidente la incongruencia de un cuerpo que exige al DEM racionalidad y limitación en el gasto, pero por otra parte no cuida el propio, sentando un precedente disvalioso ya que la sociedad podría entender que paga de su bolsillo los platos rotos cada vez que se manifiesta una interna política.

Insistimos en la idea que la Ordenanza 14/08 y sus normas complementarias responden, por un lado, a la necesidad de dotar de mayor autonomía de criterio al HCD, y de mayor funcionalidad, pero por otra parte refleja la voluntad popular expresada en las elecciones de marzo de 2007, en las que los colonenses se sintieron representados en la conformación de tres bloques de concejales.

Por todo lo precedentemente expresado, esta Comisión de Todo el Concejo, DICTAMINA recomendar al Honorable Concejo Deliberante:

Art. 1º: Tomar nota de la conformación del Bloque “JUAN DOMINGO PERON” integrado por los Concejales Mirtha Elena R. Barbosa y Adolfo Carlos Bonvín, presidido por este último.

Art. 2º: Rechazar el Proyecto de Decreto suscripto por los Concejales Mirtha Elena R. Barbosa y Adolfo Carlos Bonvín relativo a la designación de un nuevo empleado en el Honorable Concejo Deliberante, adscripto al Bloque recientemente conformado.

Art. 3º: De forma.

Colón, Entre Ríos 05 de Agosto de 2009.-


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Prensa - Bloque de Concejales "Juntos por Colón" PJ

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