HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

OCUPACIÓN PARCIAL DEL ESPACIOPÚBLICO

Considerando la necesidad de comerciantes del rubro gastronómico de ocupar parcialmente la acera para prestar servicios y buscando la manera de contribuir desde el Municipio con el mejoramiento de los Servicios prestados a los visitantes de nuestra ciudad, se ha sancionado la Ordenanza Nº 1441. Ésta ordenanza autoriza la ocupación parcial del espacio público (vereda y césped) a los locales del rubro gastronómico y de interés turísticos en general, siempre que el paso peatonal no se vea obstaculizado, disponiéndose un ancho mínimo de 1,5 m.Dicha autorización se encuentra subordinada a la previa habilitación del Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y al pago de la tasa pertinente por ocupación de la vía pública.

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