VILLA ELISA - OFICINA LOCAL DE SENASA - JAVIER GAY - 28-10-2009
SENASA
COMUNICADO
2º CAMPAÑA DE VACUNACION ANTIAFTOSA 2009
· ES OBLIGATORIO DECLARAR EL TOTAL DE OTRAS ESPECIES QUE EXISTAN EN EL ESTABLECIMIENTO (PORCINOS , EQUINOS, OVINOS).
· ES SIMULTÁNEA LA VACUNACIÓN CONTRA BRUCELOSIS DE LAS TERNERAS DE ENTRE 3 Y 8 MESES DE EDAD.
· A PARTIR DEL 28 DE OCTUBRE SE PUEDE REGISTRAR LA VACUNACIÓN EN LA OFICINA DE SENASA. ES OBLIGATORIO PRESENTAR EL CARNET DE RENSPA CORRENPONDIENTE.
ADVERTENCIAS y recomendaciones:
· Es obligación de cada productor, acordar y facilitar las fechas DE VACUNACION. Quienes no colaboren verán restringida la movilización de sus animales, y serán pasibles de Actas de Infracción y Multa aquellos que no hayan finalizado a la fecha 13 de DICIEMBRE 2009.
· ¡Los movimientos de tropas, durante la campaña!!, están sujetos a Autorizaciones previas por parte del SENASA
· Para ello, el Acta de la Vacunación debe asentarse en la dependencia habitual del SENASA.
· Igualmente su pago en termino a la FUCOFA, debe acreditarse y es condición para obtener DTA para movilizar animales.
* DEBE SABERSE que: SENASA registra y controla por comparación, las DIFERENCIAS de STOCK:
Las diferencias ilógicas que surjan (de mas o de menos), tendrán que ser explicadas por escrito por el productor, de lo contrario quedara en situación de responsable, o al menos sospechoso de infracción, pasible de sanciones y/o restricciones, en sus movimientos o habilitaciones para exportación , y carente de todo derecho de indemnización y atenuantes, en caso de Sucesos de Emergencias Sanitarias donde se disponga La Faena o El Rifle Sanitario de sus animales.
· CARAVANEO OBLIGATORIO: LOS ESTABLECIMIENTOS SERAN VISITADOS Y AUDITADOS POR Inspectores del SENASA, por el cumplimiento de las normas de identificación o “Caravaneo” vigentes, labrándose Actas de Infracción a quienes se detecte “ que posean Bovinos de entre 1 y 3 años de edad y que no tengan colocadas las Caravanas reglamentarias...”