san josé - prensa municipal - 17-11-2008


Recomendaciones del Juzgado de Faltas


El Juzgado de Faltas de la Municipalidad de la Ciudad de San José, comunica y hace saber que se encuentra en vigencia la Ley Provincial Nº 9068/96 y su Decreto Reglamentario Nº 2863/98, el cual establece la prohibición de venta al público de cualquier tipo de anteojos en comercios no autorizados para ese efecto.
La misma solo puede tener lugar en las casas de ópticas inscriptas ante la autoridad sanitaria correspondiente, debiendo los vendedores ambulantes y/o comercios no autorizados abstenerse de realizar la exhibición y posterior venta de anteojos.
El bien jurídico protegido es la salud pública, delito tipificado por el Código Penal. El Honorable Concejo Deliberante de esta Municipalidad ha establecido mediante Ordenanza Nº 01/2002 la adhesión de la Municipalidad de esta Ciudad a la Ley Provincial antes mencionada y su decreto reglamentario.

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