HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
FALTA DE QUÓRUM
La sesión ordinaria del H. C. D., convocada para el lunes 06 de agosto de 2007, a las 20:00 hs. no tuvo quórum.
Reunidos en la Sala de Sesiones los señores concejales Daniel Cáceres; Gustavo Perrón; Alfredo Turín; Elina Dubelluit y Jorge Hernán Cáceres y ante la ausencia sin previo aviso de los concejales Diana Orcellet; Mónica Charrier; José María Holzmann; Alejo Briozzo; y Mauro Morallet y esperado quince minutos el Sr. Presidente del Cuerpo Don Gustavo Perrón levanta la sesión ante la falta del número de concejales para funcionar.
El Orden del Día que daba origen a la convocatoria era el siguiente:
o Subdivisión: Despacho aprobando el loteo del Sr. Albino Garnier.
o Recurso de Revocatoria: interpuesto por Directivos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones para el personal de la Municipalidad de la ciudad de Villa Elisa, contra Resolución Nº 583 de este Cuerpo de fecha 21 de mayo de 2007.
o Club de Campo: Despacho en mayoría, reglamentando la localización de emprendimientos tales como barrios cerrados y clubes de campo.
Quórum: Es la cantidad mínima de concejales de los municipios, que deben estar presentes en las sesiones, para que éstas tengan validez, y pueda funcionar el cuerpo deliberativo como órgano colegiado. La Ley 3.001 establece en su articulo 99º, que, \"El Concejo Deliberante estará en quórum con la mitad más uno de sus miembros...\"; y el artículo 10º, del Reglamento Interno del Concejo de Villa Elisa, dice \"En caso de fracasar dos sesiones ordinarias por falta de número para celebrarlas, el Concejo podrá sesionar con la tercera parte de sus miembros"
8-8-2007///10:53///Prensa Municipalidad de Villa Elisa.
La sesión ordinaria del H. C. D., convocada para el lunes 06 de agosto de 2007, a las 20:00 hs. no tuvo quórum.
Reunidos en la Sala de Sesiones los señores concejales Daniel Cáceres; Gustavo Perrón; Alfredo Turín; Elina Dubelluit y Jorge Hernán Cáceres y ante la ausencia sin previo aviso de los concejales Diana Orcellet; Mónica Charrier; José María Holzmann; Alejo Briozzo; y Mauro Morallet y esperado quince minutos el Sr. Presidente del Cuerpo Don Gustavo Perrón levanta la sesión ante la falta del número de concejales para funcionar.
El Orden del Día que daba origen a la convocatoria era el siguiente:
o Subdivisión: Despacho aprobando el loteo del Sr. Albino Garnier.
o Recurso de Revocatoria: interpuesto por Directivos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones para el personal de la Municipalidad de la ciudad de Villa Elisa, contra Resolución Nº 583 de este Cuerpo de fecha 21 de mayo de 2007.
o Club de Campo: Despacho en mayoría, reglamentando la localización de emprendimientos tales como barrios cerrados y clubes de campo.
Quórum: Es la cantidad mínima de concejales de los municipios, que deben estar presentes en las sesiones, para que éstas tengan validez, y pueda funcionar el cuerpo deliberativo como órgano colegiado. La Ley 3.001 establece en su articulo 99º, que, \"El Concejo Deliberante estará en quórum con la mitad más uno de sus miembros...\"; y el artículo 10º, del Reglamento Interno del Concejo de Villa Elisa, dice \"En caso de fracasar dos sesiones ordinarias por falta de número para celebrarlas, el Concejo podrá sesionar con la tercera parte de sus miembros"
8-8-2007///10:53///Prensa Municipalidad de Villa Elisa.