VILLA ELISA - SOCIEDAD RURAL COLON - 29-4-2009


LA SOCIEDAD RURAL COLON INFORMA

Se informa a los pequeños productores que se está realizando asesoramiento para el tramite de reducción del impuesto inmobiliario rural.-

Según consta en el decreto Nº 733 del 25 de marzo de 2009, se dispone la reducción del 20 por ciento correspondiente al Impuesto Inmobiliario Rural para el ejercicio 2009 a aquellos que sean considerados Pequeños Productores Agropecuarios y cuyo inmueble rural sea única propiedad y vivienda del contribuyente, siendo su valuación fiscal no superior a los 250 mil pesos y en caso de poseer más de una propiedad en planta rural, la suma de las valuaciones fiscales no deberá superar el monto indicado.

 

Pequeño productor agropecuario

 

Serán considerados Pequeños Productores Agropecuarios aquellos cuyos “principales ingresos del productor y familia provengan del trabajo en la explotación agropecuaria” y que no posean más de dos empleados en relación de dependencia.

Además, se fijan límites de extensión según la zona agroecológica, los cuales van desde 100 a 500 hectáreas según la ubicación que tomen en algunas de las 37 zonas en que se divide la provincia y los ingresos anuales de la explotación en el año anterior a la solicitud del beneficio no superen el máximo establecido en el Regimen simplificado para pequeños contribuyentes agropecuarios.

 

Requisitos

 

Para inscribirse en el registro, los productores deberán presentar una declaración jurada con los datos personales, del grupo familiar, de los inmuebles de su propiedad, de los trabajadores que contrata para actividades de la producción y los ingresos anuales del núcleo familiar. Además deberá adjuntar fotocopia de un impuesto inmobiliario del último año del predio, fotocopia del DNI y constancia del CUIT o CUIL.

 

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